LA CIDH Y EL DERECHO A LA LIBRE DETERMINACIÓN
Desde una perspectiva intercultural, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos realizó un abordaje integral sobre diversas experiencias de autodeterminación de toda América. El informe fue llevado a cabo a partir de los testimonios de líderes y lideresas, las opiniones de expertos y, cuestionarios completados por pueblos indígenas y tribales, organizaciones de la sociedad civil y Estados. Los derechos colectivos e individuales sobre sus territorios, recursos naturales, instituciones y políticas propias dependen del efectivo goce de su libre determinación.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el informe temático Derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas y Tribales que significa, ni más ni menos, que su primer abordaje integral acerca del alcance y contenido de este derecho fundamental para los pueblos indígenas y tribales. El trabajo forma parte del plan estratégico de la Relatoría sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la CIDH con el objetivo de visibilizar prácticas, experiencias y desafíos que enfrentan estos pueblos en el reconocimiento y ejercicio de este derecho colectivo.
El informe responde a las demandas de los pueblos indígenas y tribales a lo largo del continente americano que han invocado la “autodeterminación” o “libre determinación” en la defensa de sus tierras y territorios ancestrales, derechos políticos, culturales y otros derechos humanos. Entre sus conclusiones, se destaca que los principales problemas que enfrentan los pueblos indígenas radican en la necesidad de un mayor respeto y ejercicio efectivo de su derecho a la libre determinación.
Un informe para repensar los derechos humanos colectivos
La relación entre los Estados y los pueblos indígenas y tribales debe basarse en el respeto y reconocimiento de sus expresiones de autonomía y libre determinación. Es necesario revertir el lamentable legado histórico de la discriminación, el racismo y el colonialismo con el objetivo de fortalecer la legitimidad del Estado y las democracias plenamente inclusivas. Asimismo, el reconocimiento de la libre determinación de los pueblos indígenas y tribales reviste particular importancia para brindar respuestas a diversos problemas mundiales como la crisis climática y la pandemia de Covid-19.
El trabajo incorpora una mirada intercultural sobre los fundamentos y orígenes del derecho a la libre determinación. Asimismo, analiza la manera en que se conceptualiza y materializa la autodeterminación en las culturas, tradiciones, cosmovisiones y sistemas normativos propios. Aborda también consideraciones particulares sobre la situación de los pueblos en aislamiento y contacto inicial, los pueblos indígenas transfronterizos y pluralismo jurídico.
La libre determinación en el derecho internacional
Entre los instrumentos internacionales que protegen este derecho se destacan la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la OEA y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. En su Artículo 3, ambas declaraciones reflejan el alto grado de consenso de la comunidad internacional: “Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”. De igual manera, elementos importantes para el ejercicio de la libre determinación están presentes en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo. Por último, en la jurisprudencia interamericana se ha afirmado este derecho en relación con otros como la propiedad colectiva y la identidad cultural.
La OEA y la ONU adoptaron estas declaraciones con el voto favorable de la mayoría de los Estados de las Américas, tras largos procesos de negociación en los que participaron los pueblos indígenas y los Estados. De esa manera, los Estados incorporaron el mismo principio contenido en el Artículo 1 del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales: “Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural”.
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Fuente: Richard Sellán Bajaña