Una madre ecuatoriana con nacionalidad española lleva más de un año sin poder ver ni hablar con sus tres hijos en Ecuador
El padre incumple el acta de mediación con fuerza de sentencia. La justicia ecuatoriana ha diferido la audiencia de ejecución cinco veces. Una niña de 7 años fue trasladada a Panamá sin autorización materna. El juez no se ha pronunciado.
Karla Janeth Carranza Morán, ciudadana ecuatoriana con nacionalidad española y residente en Madrid, lleva más de un año sin poder ver ni hablar con sus tres hijos menores de edad. Firmó un acta de mediación en marzo de 2024 creyendo que garantizaba ese contacto. No fue así. El acuerdo fue un engaño: la otra parte nunca tuvo intención de cumplirlo, y la justicia ecuatoriana lleva cinco audiencias diferidas sin obligarle a hacerlo.
EL CASO
Karla Carranza y Pablo Xavier Crausaz Antón se divorciaron en enero de 2021. Desde esa fecha y hasta marzo de 2024, se cumplió lo establecido por el juez del divorcio: la tenencia de los hijos correspondía a la madre, y el padre tenía un régimen de visitas cada quince días.
En 2024, Karla Carranza tomó la decisión de trasladarse a vivir a España. El padre se opuso a que los hijos fueran con ella. Para resolver esa situación, en marzo de 2024 se firmó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la UEES —con registro en el Consejo de la Judicatura del Ecuador— el primer y único acuerdo negociado entre ambas partes. Bajo los nuevos términos, la tenencia pasó al padre. A cambio, el acta establecía de forma explícita y vinculante: visitas abiertas de la madre en Ecuador, dos viajes anuales de los menores a España, y comunicación diaria por llamada o videollamada. El padre firmó prometiendo que los niños podrían reunirse con su madre en España de forma progresiva, según se fueran adaptando. Nunca tuvo intención de cumplirlo.
Ese acuerdo, conforme a la Ley de Arbitraje y Mediación del Ecuador, tiene efecto de sentencia ejecutoriada. Es decir: no es una promesa. Es una obligación legal. Y ninguno de sus tres compromisos se está cumpliendo.
Karla Carranza no abandonó a sus hijos. Sus hijos estuvieron con ella desde el día que nacieron. Se fue a España al amparo de un acuerdo que debía proteger su relación con ellos. Cumplió cada uno de sus términos. La otra parte utilizó ese acuerdo como instrumento de control, y no cumplió ninguno.
LOS HECHOS, UNO A UNO
- Comunicación cortada y cambio de domicilio. En abril de 2025, el padre de los menores interrumpió de forma abrupta y sin ningún fundamento legal todo contacto entre los niños y su madre. Desde entonces, Karla no ha podido hablar con sus hijos. Además, los menores fueron cambiados de domicilio, dificultando aún más cualquier posibilidad de contacto o localización.
- Una niña trasladada a Panamá sin autorización. La hija menor de Karla, de 7 años —con diagnóstico de autismo—, fue trasladada a Panamá en marzo o abril de 2025 mientras el padre permanecía en Ecuador. Karla no fue notificada en ningún momento. Lo descubrió por sus propios medios. Para el traslado se utilizó un poder notarial que Karla había otorgado exclusivamente para que sus hijos pudieran viajar a España. Ese poder fue empleado para un destino distinto y sin su conocimiento. Una niña con autismo necesita entornos seguros, rutinas estables y la presencia de sus figuras de apego. Fue privada de su madre sin explicación, sin preparación y sin que nadie consultara a quien la conoce mejor.
- Cinco audiencias diferidas. El juez, sin pronunciarse. El proceso judicial para exigir la ejecución del acta lleva cinco aplazamientos consecutivos en la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Samborondón, provincia del Guayas. Las audiencias del 13, el 20 y el 27 de abril de 2026 no se celebraron. La del 13 de abril fue cancelada quince minutos antes de comenzar, sin escrito formal de la contraparte que justificara la suspensión. A día de hoy, el juez no se ha pronunciado, pese a que el 1 de septiembre de 2025 se emitió un Auto de Mandamiento de Ejecución Forzosa que ordenaba el cumplimiento del acta. Esa orden tampoco ha sido acatada.
- Un perito oficial que lleva más de un año sin entregar su informe. Un experto designado por el juzgado para emitir un dictamen psicológico en el marco del proceso lleva más de doce meses sin presentarlo.
MANIPULACIÓN DE LA JUSTICIA
La denuncia por violencia psicológica presentada contra Carranza Morán —que derivó en una orden de alejamiento de sus propios hijos— estuvo sustentada en informes firmados por una psicóloga del centro de terapia PUXIM S.A.S. (Mix Up), dirigido por María Lorena Apolo Santos, pareja sentimental del padre de los menores. Esa psicóloga es socia de Apolo Santos. Es decir: los informes que sirvieron para apartar a una madre de sus hijos fueron elaborados desde el entorno íntimo del propio padre.
El juez que revisó las medidas de protección las revocó al descubrir que los informes provenían del entorno directo de la pareja sentimental del padre, declarando que nunca las hubiera dictado de haber contado con esa información desde el inicio.
En suma: se usaron las herramientas de protección del sistema judicial para aislar a una madre de sus hijos, basándose en un informe elaborado por alguien con un conflicto de interés directo y no declarado.
Mientras este boletín llega a sus manos, Karla Carranza lleva más de un año sin escuchar la voz de sus hijos. Nadie ha rendido cuentas. El juez no se ha pronunciado. El acta firmada sigue sin cumplirse. Lo único que le queda a esta madre es que su historia se conozca.
